Instituciones Armadas tendrán 30 días para adecuarse a reglamento de Ley del Régimen Disciplinario de FFAA

13:46
Ministerio de Defensa deberá tomar conocimiento de adecuación

Lima, mar. 29 (ANDINA).- El Ministerio de Defensa publicó hoy el reglamento de la Ley del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas que tiene por objeto regular las normas sustantivas y de procedimientos necesarias para la aplicación y cumplimiento de dicha ley, y las Instituciones Armadas tendrán 30 días calendario para adecuarse a la norma.

Su alcance comprende a los Oficiales Generales y Almirantes; a los Oficiales Superiores; a los Oficiales Subalternos; a los Técnicos Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar; y a la Tropa y Marinería.

El reglamento es aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas en actividad, cualquiera sea su misión y empleo.

En uno de sus artículos se menciona que dependiendo de la gravedad de una infracción cometida se impondrán únicamente como sanciones disciplinarias al Personal Militar infractor, las siguientes: amonestación, arresto simple, arresto de rigor y la postergación del ascenso.

También figuran sanciones como el pase a la situación de disponibilidad por medida disciplinaria, pase a la situación de retiro por medida disciplinaria, baja del servicio militar y cancelación de asimilación y/o contrato.

El tiempo de duración de los arrestos se cuenta por días calendarios y se inicia a las 07:45 horas del día siguiente de la notificación con la orden/papeleta de arresto y termina a las 07:45 horas del día en que se señala como término en la orden/papeleta de arresto.

La norma establece que los órganos disciplinarios serán los órganos de investigación preliminar, que está integrado por las comisiones internas de investigación de la unidad/dependencia y las inspectorías, y los órganos de investigación final que se clasifican en Consejos de Investigación para Oficiales y las Juntas de Investigación para Técnicos y Suboficiales u Oficiales del Mar.

El presente reglamento entrará en vigencia a partir de mañana y las Instituciones Armadas deberán adecuar sus normas internas a la Ley del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, dando cuenta al Ministerio de Defensa.

La Inspectoría General del Ministerio de Defensa será el órgano que ejercerá la supervisión, análisis e investigación de las actividades operativas y disciplinarias de los órganos y organismos del Sector en el ámbito militar, por especial encargo del Titular del Sector.

Las Inspectorías Generales de las Instituciones Armadas, mantienen relación funcional con la Inspectoría General del Ministerio de Defensa y dependen de la Institución Armada a la que pertenecen.

En atención a su naturaleza funcional, cumple laboral de órgano de investigación preliminar o final, en cumplimiento de las disposiciones que sobre la materia emita el Ministerio de Defensa.

A partir de la fecha de vigencia de la ley, todas las sanciones impuestas por infracciones leves, graves y muy graves, serán registradas en los Legajos de Personal correspondientes, debiéndose aplicar los puntajes de demérito correspondiente para los procesos de ascensos.

(FIN) EBS/FPQ

One Comment

  1. Anonymous:

    Sobre Instituciones Armadas tendrán 30 días para adecuarse a reglamento de Ley del Régimen Disciplinario de FFAA, esta Ley tendrá el respeto y aceptación del Alto Mando de las Fuerzas Armas y con mucho más precisión digo, creen uds. que el Alto mando del Ejército del Perú hará caso a lo prescrito en esta ley, en mi opinión la PREPOTENCIA E IGNORANCIA JURÍDICA será una constante.

    Liliana Alzamora Velita
    Estuadiante de Derecho